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Extranjería

Nacionalidad y registro civil

Nacionalidad por residencia, por opción y por carta de naturaleza, exámenes CCSE y DELE, jura y expedición de DNI.

Organismo competente

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes / Registro Civil

Plazos de referencia

Legal: 1 año. Real: entre 12 y 24 meses. Jura e inscripción: 1-3 meses tras la concesión.

Descripción del trámite

Preparamos el expediente completo de nacionalidad española por sede electrónica del Ministerio de Justicia, controlamos los plazos y, si se supera el año legal sin resolución, interponemos recurso contencioso-administrativo por silencio ante la Audiencia Nacional para forzar la resolución.

Preparación de exámenesExpediente telemático completoSeguimiento y requerimientosRecurso por silencio

01Requisitos

  • 10 años de residencia legal y continuada, o 5 (refugiados), 2 (iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes) o 1 año (casados con español, nacidos en España, etc.).
  • Buena conducta cívica: sin antecedentes penales ni policiales relevantes.
  • Suficiente grado de integración: exámenes CCSE y DELE A2 del Instituto Cervantes (salvo exentos).
  • Residencia legal e ininterrumpida hasta el momento de la jura.

02Documentación necesaria

  • Certificado literal de nacimiento apostillado y traducido.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y del Registro Central español.
  • Certificado de empadronamiento actual e histórico.
  • TIE en vigor y pasaporte completo.
  • Diplomas CCSE y DELE A2 o acreditación de exención.
  • Certificado de matrimonio actualizado, si se solicita por vía de un año.
  • Justificante de la tasa 026.

03Pasos del procedimiento

  1. 1Comprobación del cómputo de residencia legal y de la vía aplicable.
  2. 2Inscripción y preparación de los exámenes CCSE y DELE A2.
  3. 3Recopilación, apostilla y traducción jurada de los certificados.
  4. 4Presentación telemática del expediente y firma digital.
  5. 5Seguimiento del estado y respuesta a requerimientos del Ministerio.
  6. 6Recurso por silencio administrativo si se supera el plazo de un año.
  7. 7Jura o promesa ante el Registro Civil, inscripción y solicitud de DNI y pasaporte.

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