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Extranjería

Residencia y trabajo

Autorizaciones iniciales y renovaciones por cuenta ajena y por cuenta propia, modificaciones de estancia por estudios y larga duración.

Organismo competente

Oficina de Extranjería y Tesorería General de la Seguridad Social

Plazos de referencia

3 meses para la inicial; renovaciones con silencio positivo a los 3 meses.

Descripción del trámite

Gestionamos el ciclo completo de la autorización de residencia y trabajo: desde la solicitud inicial presentada por la empresa o por el propio trabajador autónomo, hasta las renovaciones, modificaciones y el salto a la residencia de larga duración tras cinco años de residencia legal continuada.

Revisión del contrato u ofertaGestión ante la Oficina de ExtranjeríaAlta en Seguridad SocialCalendario de renovaciones

01Requisitos

  • Oferta de empleo real de al menos el SMI a jornada completa (cuenta ajena).
  • Empresa al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.
  • Cuenta propia: plan de negocio viable, inversión suficiente y titulación o habilitación exigible.
  • Larga duración: 5 años de residencia legal y continuada con ausencias inferiores a 10 meses.
  • Ausencia de antecedentes penales.

02Documentación necesaria

  • Formularios EX-03 (cuenta ajena), EX-07 (cuenta propia) o EX-11 (larga duración).
  • Contrato de trabajo firmado o proyecto de actividad y plan de negocio.
  • Documentación fiscal y laboral de la empresa empleadora.
  • Pasaporte completo en vigor y, si procede, TIE anterior.
  • Informe de vida laboral y certificados de cotización.
  • Tasas 790-052 (autorización de trabajo) y 790-062 (residencia).

03Pasos del procedimiento

  1. 1Análisis del perfil, del puesto y de la situación nacional de empleo.
  2. 2Preparación de la documentación de empresa o del plan de negocio.
  3. 3Presentación telemática de la solicitud y seguimiento del expediente.
  4. 4Resolución, visado en consulado si el trabajador está en el extranjero.
  5. 5Alta en Seguridad Social o en el RETA en el plazo legal.
  6. 6Cita para toma de huellas (EX-17) y expedición de la TIE.
  7. 7Aviso y preparación de la renovación con 60 días de antelación.

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